Las firmas interesadas en exportar granos a China deben estar inscriptas en el Registro de Importadores y Exportadores de la Dirección General de Aduanas de la Administración Federal de Ingresos Públicos, sin necesidad de realizar un trámite adicional en el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa); ya que mediante la Resolución 76/2019 se derogó el Registro de Exportadores.
Por tal motivo, a partir del jueves 5 y hasta el 20 de diciembre, el Senasa recibe las solicitudes de inscripción para las empresas interesadas en exportar cebada, soja, maíz y sorgo a China. Vencido el plazo, no se podrán incorporar empresas o cambios, hasta dentro de cuatro meses, ya que la actualización del listado se hará en forma cuatrimestral.
En el marco de los acuerdos suscritos entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación y el Departamento de Cuarentena Animal y Vegetal de la Administración General de Aduanas de China (GACC), en los que se establecieron las condiciones y requisitos para la exportación de granos a China, es necesario actualizar periódicamente el listado de exportadores habilitados para maíz, cebada, sorgo y soja al gigante asiático, como así también el listado de terminales de embarque.
Las firmas que ya se encuentren inscritas, y no presenten ninguna modificación en la información publicada por el servicio chino, no deberán enviar una nueva solicitud de registro.
Fuente: BCR News